Una de las objeciones fundamentales a la Constitución vigente es su carencia de legitimidad de origen, lo que no pudo ser subsanado, pese a las decenas de enmiendas acordadas en democracia. Y es sabido que la percepción de la inmensa mayoría de la comunidad política es que se requiere atender de manera inteligente e integral a las demandas de los pueblos originarios, no obstante el extravío normativo y de principios del anterior proceso constituyente, que resultó fallido. Es un tema pendiente y de riesgo para la integración y la paz nacionales, y descuidarlo lesiona tanto la legitimidad como la legalidad del nuevo proceso.
Fuente: elmostrador.cl – 02 agosto 2023
La decisión del Consejo Constitucional de no realizar Consulta Indígena sobre el texto de la nueva Constitución abre un incómodo flanco de dudas sobre su legalidad y legitimidad, y puede llegar a ser un serio tropiezo para su aprobación final. La decisión, impulsada por los consejeros constitucionales del Partido Republicano y apoyada por los consejeros de los otros partidos de derecha, descansa principalmente en el raciocinio de que el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos originarios solo obliga a consultar leyes y no constituciones. Esto, además de argumentalmente débil, dado el contenido de los tratados internacionales suscritos por Chile, lleva implícito un menoscabo del carácter jurídico de la Carta Magna como ley de leyes o norma fundamental de un Estado de Derecho.
Pero más allá de lo estrictamente jurídico, suena razonable que se realice Consulta Indígena, porque la Carta Fundamental no es un documento de reglas meramente indicativas de la organización jurídica del Estado, sino que es el pacto para el ejercicio práctico del poder político, lo cual requiere de la máxima adhesión ciudadana.
Los conceptos de Constitución y lo constitucional han merecido debates intensos desde la segunda mitad del siglo pasado, tanto por los desafíos hechos por el fascismo y los regímenes socialistas –orientados ambos a experiencias autoritarias– como por la necesidad de ampliar los significados del sistema democrático. Lo legal en política se entiende como el atributo y requisito del poder, que en democracia se ejerce bajo las leyes establecidas para su organización y competencias, es decir, se remite al ejercicio práctico del poder. Por su parte, lo legítimo en política se entiende como el fundamento de ese poder, vale decir, lo legal de su creación o gestación. Ambos conceptos son diferentes entre sí, pero marchan unidos, en un desarrollo doctrinal que ha sido propio de las democracias occidentales.
La legitimidad de una Carta Magna que aspira a representar a toda la sociedad chilena tiene que descansar en lo que a estas alturas es obvio: que una parte mayoritaria de la población manifieste su consenso o adhesión a ella. Por lo que la negativa a celebrar Consulta Indígena es un elemento de deslegitimación práctica y de principios de la nueva Constitución que se debate.
Una de las objeciones fundamentales a la Constitución vigente es su carencia de legitimidad de origen, lo que no pudo ser subsanado, pese a las decenas de enmiendas acordadas en democracia, con altos quórums parlamentarios. Y es sabido que la percepción de la inmensa mayoría de la comunidad política es que se requiere atender de manera inteligente e integral a las demandas de los pueblos originarios, no obstante el extravío normativo y de principios del anterior proceso constituyente, que resultó fallido. Es un tema pendiente y de riesgo para la integración y la paz nacionales, y omitirlo lesiona tanto la legitimidad como la legalidad del nuevo proceso.
Si en democracia todos los órganos que ejercen un poder público deben actuar dentro del ámbito de las leyes, lo menos que podría pedirse a la política partidaria es que se respeten los bordes institucionales que la ciudadanía ha marcado, en la abundancia de procesos electorales del último quinquenio, como una necesidad para la estabilidad institucional del país. Si esos procesos han exhibido hasta ahora una alta volatilidad electoral, ello se debe más a la falta de finura de la política que a la carencia de racionalidad del electorado.
De ahí la incomodidad de muchos con la decisión de no realizar Consulta Indígena respecto a la nueva Constitución. Existen dos maneras de explicar esta mala decisión: o no alcanzan a percibir las implicancias del tema para la democracia y para el proceso constitucional, que por mayoría electoral encabezan, o simplemente tienen una visión instrumental sobre el poder político y la forma en que desean ejercerlo.