El fallo obliga al Gobierno a establecer un mecanismo de consulta libre, previa e informada con las comunidades originarias antes de avanzar con la exploración minera, lo que frena las actividades de la australiana Ivael Mining. Revés para el consenso extractivista y un paso importante en la lucha de todos estos años de las comunidades originarias y organizaciones socioambientales.
Por Lorena Rabella, laizquierdadiario.com
03 de agosto de 2023
Siete comunidades originarias, en lucha contra el extractivismo y por sus territorios, habían presentado, en diciembre de 2021, un amparo colectivo contra el Gobierno de la provincia de Río Negro, por daño ambiental y cultural, a propósito de la actividad minera, en particular de metales, de Ivael Mining, la compañía australiana que en abril de ese año se había hecho del aval del estado rionegrino para operar en territorios mapuches (Pilquiniyeu del Limay, Ñorquinco, Cañadon Chileno, Colan Conhue, Blancura Centro, Mencue y Laguna Blanca). Para julio de ese año, la provincia ya le había otorgado un total de 10 permisos de cateo y exploración a Ivael Mining, en una amplia zona de la cordillera y en la Región Sur: 50.500 hectáreas, desde Los Menucos hasta Pilcaniyeu y Ñorquinco, en el sur de la provincia. Así lo denunciaban, en aquel momento, las comunidades que estaban en estado de alerta y movilización. La provincia de San Juan es la base de Ivael Mining.
Así las cosas, hoy la minera australiana deberá ver qué hace con el freno social y judicial impuesto por las comunidades movilizadas, ya que el pasado 24 de julio, el juez interviniente Marcelo Muscillo (Juez Sustituto), hizo finalmente lugar al pedido mapuche basado en el artículo 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Un fallo judicial que es importante porque prohíbe cualquier exploración minera hasta tanto no haya una consulta previa que dé el consentimiento de la comunidad sobre el territorio. Como en Chubut, el pueblo mapuche de Río Negro demostró que ni los gobiernos ni las empresas cuentan con licencia social para arremeter.
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Entre las resoluciones del fallo se encuentran la de ordenar “a la Pcia. de Rio Negro establecer un mecanismo de consulta con las comunidades originarias aquí presentadas, tendiente a obtener su consentimiento libre, previo e informado, respecto de cada uno de los proyectos mineros que se apliquen en los territorios por ellas ocupadas”; “Disponer la prohibición de avanzar con cualquier exploración, prospección, cateo o explotación dentro de dichos territorios comunitarios hasta tanto no se haya culminado con el proceso establecido en el punto I» y “Ordenar a la Provincia de Rio Negro la prohibición de otorgamiento de permisos de exploración, prospección, cateo o explotación minera dentro del territorio de las Comunidades Mapuche actoras, hasta tanto se cumpla con las consultas ordenadas”.
Sabemos que es la misma justicia que viene criminalizando todos estos años los reclamos de pueblos originarios como en Jujuy y antes con cárcel, como vimos a las mujeres mapuches presas en Bariloche. Por eso es importante seguir de cerca que el fallo se cumpla y continuar apoyando los reclamos de las comunidades originarias por el territorio y contra el extractivismo.