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Temuco
20 septiembre 2024

Corte Suprema acogió recurso de amparo en caso PPM Angol trasladados arbitrariamente

La Corte Suprema chilena, acogió este 12 de julio, el recurso de amparo presentado por los prisioneros políticos mapuche recluidos en Angol, trasladados arbitrariamente a los recintos penitenciarios de Rancagua, Concepción y Puerto Montt, es decir fuera de la Región de La Araucanía

mapuchediario.cl   –  13 de julio, 2023

El pasado domingo 7 de mayo de este año, los PPM de Angol, fueron informados que se habían suspendido las visitas y el ingreso de alimentos, debido a la jornada electoral que se desarrollaba en Chile. Tras este aviso, se generaron incidentes tanto al interior del recinto carcelario, como en el exterior en donde se encontraban los familiares que esperaban ver a su gente. Personal de Gendarmería hizo la acusación de haber sido secuestrados durante varios minutos, haciendo circular además, un video en donde aparece un altercado, entre gendarmes y reclusos mapuche. Ese domingo  7 de mayo continuó con represalias hacia los internos, quedando heridos por los golpes recibidos, culminando la jornada con el sorpresivo traslado de Joaquín Wenulef Huenchullan Queipul, Fabian Alejandro Llanca Nahuelpi, Máximo Ivan Queipul Huenchullan, Juan Patricio Queipul Millanao, Hanthu Lemunthu Llanca Quidel y Freddy Jonathan Marileo Marileo, a las cárceles de Rancagua, Concepción y Puerto Montt.

Luego de más de dos meses de ocurrido los hechos, se han realizado intensas movilizaciones tanto de los prisioneros y familiares, como por sectores mapuche autonomistas, reclamando el retorno de los trasladados al recinto de Angol, lo cual ha agudizado el conflicto que mantiene el Estado chileno con el Pueblo Mapuche. En el ámbito judicial, el fallo adoptado unánimemente por la Segunda Sala del máximo tribunal, señala que Gendarmería de Chile no esperó la autorización del juez de garantía para llevar a cabo los traslados. Por otra parte el Juez de Garantía, una vez que estaba al tanto de la medida, “tampoco realizó acciones tendientes a revisar los fundamentos de la decisión adoptada y no otorgó la posibilidad que los intervinientes efectuaran alegaciones sobre la decisión adoptada por Gendarmería, especialmente de la defensa de aquel, para efectos de pronunciarse sobre si procedía la medida adoptada por la autoridad penitenciaria”.

El  fallo de la Corte Suprema, viene a ratificar lo adoptado el pasado 20 de junio por la Corte de Apelaciones de Temuco, que acogió los recursos de amparo de Joaquin Huenchullan, Fabian Llanca y Maximo Queipul que están prisión preventiva, sin embargo revierte el rechazo que la Corte de Temuco determinó para los tres presos mapuche que están ya cumpliendo condenas, es decir, Juan Queipul, Hanthu Llanca y Freddy Marileo.

En uno de los párrafos de la resolución judicial entregado por la Corte Suprema, señala: “la medida impugnada evidentemente no se ajusta no solo a las disposiciones constitucionales, sino que además se aparta de tratados internacionales sobre derechos humanos. En particular, atenta contra la vinculación del amparado a su núcleo familiar y de la relación con sus cercanos, trasgrediendo con ello el inciso segundo del artículo 1° de la Carta Fundamental, en cuanto se reconoce a la familia como núcleo fundamental de la sociedad, su protección y fortalecimiento”.

De este modo, se determinó judicialmente el retorno a recintos carcelarios de la Región de La Araucanía, de los 6 prisioneros políticos mapuche trasladados a otras regiones, quienes además han tenido que realizar huelgas de hambre para evitar la dispersión que se ha denunciado en el transcurso de las movilizaciones, como también el cumplimiento de tratados internacionales, suscritos por el estado chileno.

Fuente: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/95476

 

 

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